TESTIMONIO: VISTO: La adquisición de un lote de terreno a fin de ser utilizado para el tratamiento de residuos domiciliarios, y CONSIDERANDO: Que la Municipalidad de Balcarce adquirió el lote de terreno de-signado catastralmente como: Circ.II - Parc. 42g, compra que fuera autorizada por Decreto 136/95, dentro de las facultades conferidas por la Ley Orgánica de las Municipalidades. Que la compra del citado terreno para el fin a que será destinado resulta de interés social para la comunidad de Balcarce. Que según lo expuesto por el Artículo 4º inciso d) de la Ley 10.830, la Escribanía General de Gobierno de la Provincia de Buenos Aires se en-cuentra facultada para intervenir en casos como el presente. POR ELLO: El Honorable Concejo Deliberante del Partido de Balcarce, en uso de sus atribuciones, sanciona la siguiente: O R D E N A N Z A Nº 67/95 --------------------------------- ARTICULO 1.- Declárase de Interés Social la escrituración del inmueble designado ------------ catastralmente como: Circ. II - Parc. 42g del Partido de Balcarce.- ARTICULO 2.- Requiérase la intervención de la Escribanía General de Gobierno de ------------ la Provincia de Buenos Aires, a los fines del otorgamiento de la escritura traslativa de dominio del inmueble a que se refiere el Artículo 1º.--- ARTICULO 3.- Cúmplase, comuníquese, regístrese y publíquese.-------------------- ------------ DADA en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante, en Sesión Ordina-ria, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos noventa y cinco. FIRMADO: Liliana E. Carrozzi - PRESIDENTA - Juan José Troya - SECRETARIO.